Low Cost expedientadas por prácticas abusivas

La Generalitat de Cataluña ha expedientado a las compañías aéreas low cost por incidencias relativas a los vuelos de bajo coste, cuya actividad no está cumpliendo con la normativa vigente.
Analizando las denuncias que pesan sobre las aerolíneas de bajo coste, nos encontramos con un área especialmente sensible, ya que los recargos adicionales por pagar con tarjeta de crédito se producen en la última fase de la contratación y el cliente no es informado hasta que ya ha contratado el servicio.
Este recargo en si mismo no tiene sentido ya que muchas de las Low Cost no contemplan otra forma de pago y, sin embargo, se están repercutiendo comisiones por encima de los 5,35 euros.
Una práctica considerada ilícita y abusiva que preocupa mucho ya que la directiva europea relativa a los medios de pago de la Unión Europea deja abierta una puerta a los recargos por pago con tarjetas de crédito argumentando incrementos en la competitividad.
Sin embargo esta situación está en la mesa de debate del congreso de los diputados quien establecerá los siguientes criterios.
El cliente debe estar informado del recargo antes de contratar el servicio
El recargo no puede superar los costes que paga la empresa a los bancos por el servicio.
Las tarifas deben estar adecuadas a la normativa europea.
Se recomienda a los clientes que se informen en la compañía antes de avanzar en la contratación de un vuelo Low Cost ya que los recargos y prácticas abusivas se producen cuando el cliente ya ha aceptado el servicio y darlo de baja también lleva un coste implícito, por lo que al final de Low Cost no queda más que el nombre.
Foto: Google
Categorías: Normativa Low Cost
Etiquetas: bajo coste, bancos, low cost, recargo, tarjeta de crédito















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